Ser una PYME, Microempresa o autónomo.
Cumplir con los límites financieros que definen las categorías de cada empresa. Así, en cada tipo de empresa se da una situación diferente:
- Pequeña empresa: aquellas que cuenten con hasta 50 empleados y tengan un balance general de 10 millones de euros.
- Microempresa: aquellas que cuenten con hasta 10 empleados y tengan un balance general de 2 millones de euros.
Estar dado de alta y contar con la antigüedad mínima por convocatoria. Este punto está sujeto a la aprobación de las bases reguladoras. Tu empresa no debe estar en situación de crisis. Tampoco puedes tener una situación de recuperación pendiente en la Comisión Europea. No puedes superar el límite de ayudas de pequeña cuantía. Por último, debes tener en cuenta que tu empresa no incurra en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.